Zona de Baja Tributación: Zona Especial Canaria (ZEC)
La Zona Especial Canaria (ZEC) es una zona de baja tributación que se crea en el marco del Régimen Económico y Fiscal (REF) de Canarias, con la finalidad de promover el desarrollo económico y social del Archipiélago y diversificar su estructura productiva. La ZEC fue autorizada por la Comisión Europea (CE) en el mes de enero de 2000 y está regulada por la Ley 19/94 de 6 de julio de 1994.
¿QUIÉNES PUEDEN INSTALARSE EN LA ZEC?
En general, pueden instalarse en la ZEC y ser beneficiarios de los incentivos fiscales los sujetos pasivos del Impuesto sobre sociedades domiciliados en Canarias, o bien Establecimientos Permanentes (EP) de entidades no domiciliadas, así como personas físicas que realicen una actividad industrial, comercial o de servicios, encuadradas dentro de un listado de actividades permitidas.
