En caso de estar interesado en alguna de las líneas subvencionables, y no tener aún, proveedor ni un proyecto con presupuesto cerrado, también puede contactar con nosotros.
- El PLAZO DE SOLICITUD a partir del día 21 de junio de 2022
> El OBJETO DE LA SUBVENCIÓN es incentivar las inversiones destinadas a favorecer el paso a una economía de bajo nivel de emisión de carbono en todos los sectores.
> IMPORTE: El porcentaje de subvención será del 45% respecto a los gastos subvencionables, con un máximo de 000€ de subvención por proyecto.
>> Para el sector de empresas, solo serán subvencionables proyectos cuya subvención sea superior a 30.000€. (inversión mínima 70.000 €)
>> Para el sector residencial, solo serán subvencionables proyectos cuya subvención sea superior a 5.400€ (inversión mínima 12.000 €)
> Los BENEFICIARIO Y ACTUACIONES SON:
El sector EMPRESA: las empresas, con independencia de su tamaño, especialmente las del sector servicios y las industriales.
>> Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.
>> Medidas de eficiencia energética en edificios, tales como:
>> Mejora de la envolvente térmica.
>> Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.
>> Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
> Energías renovables para producción de electricidad en edificaciones, infraestructuras e instalaciones:
>> Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación de autoconsumo, en un máximo de 100 kW.
>> Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo, en un máximo de 100 kW.
> Energías renovables para usos térmicos en edificación, infraestructuras e instalaciones: (EXCLUIDA PARA 2022)
>> Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío.
>>Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas.
>>Instalaciones para uso térmico de la biomasa.
>> Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo del biogás.
>> Instalaciones para la transformación y/o uso térmico o autoconsumo de combustibles derivados de los residuos (CDR) o combustibles sólidos recuperados (CSR).
El sector RESIDENCIAL: los titulares de viviendas, comunidades de propietarios y mancomunidades de propietarios.
> Medidas de eficiencia energética en edificios, tales como:
>> Mejora de la envolvente térmica.
>> Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones térmicas.
>> Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.
> Energías renovables para producción de electricidad en edificación:
>> Instalaciones solares fotovoltaicas destinadas a generación de autoconsumo.
>> Instalaciones eólicas de pequeña potencia dirigidas al autoconsumo, en un máximo de 100 kW.
> Energías renovables para usos térmicos en edificación: (EXCLUIDA PARA 2022)
>> Instalaciones solares térmicas destinadas a aplicaciones de calor y frío.
>> Instalaciones de aprovechamiento de la energía geotérmica para aplicaciones térmicas.
>> Instalaciones para uso térmico de la biomasa.
- PLAZO DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS:
- Residenciales: A partir del día 01 de enero de 2022 hasta el 20 de septiembre de 2022.
- Empresas: A partir de la presentación de la solicitud hasta el 20 de septiembre de 2022.
Nos encargamos de todas las fases del expediente:
- Información y Consultas
- Estudio de requisitos y valoración del proyecto
- Documentación del expediente y preparación de la Memoria del proyecto
- Tramitación de la solicitud
- Aceptación de la subvención
- Justificación del expediente
- Abono de la subvención
- Atendemos todas notificaciones y comunicaciones para el correcto desarrollo del proceso de gestión de la subvención.
Honorarios Fijos: 150 € (solo se paga en el momento de la tramitación de la solicitud, y una vez se ha realizado el estudio de requisitos y valoración del proyecto).
Honorarios variables: 10,00 % sobre subvención concedida