Ayudas en el marco del Programa Kit Digital
Le informamos de las AYUDAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA KIT DIGITAL, que ha convocado la entidad Red.es adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, del Gobierno de España.
El OBJETO DE LA SUBVENCIÓN es mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y personas en situación de autoempleo.
BENEFICIARIOS: Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las pequeñas empresas (entre 10 y 49 empleados) y personas en situación de autoempleo, cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español.
Las ayudas se concederán por el ORDEN DE PRESENTACIÓN de las solicitudes, otorgando un bono digital por importe de 12.000 € a todos los beneficiarios. Una vez otorgado el bono digital, podrá utilizarlo con un tope máximo del límite permitido según la categoría que quiera realizar, y siempre con proveedores adheridos al Programa Kit Digital:
CATEGORÍAS DE SOLUCIONES DIGITALES
COMPROMISOS DEL BENEFICIARIO:
- El beneficiario deberá formalizar los correspondientes Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos en el plazo máximo de 6 meses desde la notificación de la resolución de concesión de la ayuda.
- Los beneficiarios abonarán el precio de las soluciones de digitalización que contraten, por un lado, mediante la cesión del derecho al cobro de la subvención a los Agentes Digitalizadores Adheridos y, por otro lado, con el abono de la diferencia entre el coste de la solución contratada y el importe de la subvención concedida, si la hubiera.
La ejecución del proyecto de Digitalización por el Agente Digitalizador Adherido se realizará en dos fases:
- PRIMERA FASE: con un plazo máximo de 3 meses desde la validación del Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización. Durante esta fase deberá realizarse la instalación, y desarrollo en su caso, de la solución, así como el pago de la factura emitida por el Agente Digitalizador Adherido.
- SEGUNDA FASE: con un plazo de 12 meses desde la fecha de emisión de la factura en la fase anterior, para el mantenimiento de la Solución, puesto que la instalación e implantación de la solución supondrá el derecho irrevocable de uso durante 12 meses por parte del Beneficiario.
PLAZO DE SOLICITUD: El plazo de solicitud empieza el 15 de marzo de 2022 a las 11:00h (10:00h en Canarias), y finalizará el 15 de septiembre de 2022 o en su defecto, cuando se agote el crédito presupuestario.
Nos encargamos de todas las fases del expediente:
- Información y Consultas
- Estudio de requisitos y valoración del proyecto
- Documentación del expediente y preparación de la Memoria del proyecto
- Tramitación de la solicitud
- Aceptación de la subvención
- Justificación del expediente
- Abono de la subvención
- Atendemos todas las notificaciones y comunicaciones para el correcto desarrollo del proceso de gestión de la subvención.